Justicia y opinión pública: «¡Evohé!», de Tiago P. Barrachina y Orfe Teatre

Carla Pérez Frías. 

 

El  sábado 27 de septiembre nde 2025, la compañía Orfe Teatre presentó en La Rambleta su última producción: ¡Evohé!, bajo la dirección de Tiago P. Barrachina. Se trata de un thriller judicial o escénico que dura 90 minutos, en el que se actualiza el tópico de las bacanales al siglo XXI a través de la celebración de un juicio contra cuatro acusadas por el asesinato del fiscal general, familiar suyo. La experiencia inmersiva comienza desde antes de empezar la función: al entrar recibimos una carta en la que se nos notifica que los espectadores hemos sido seleccionados para formar parte del jurado popular del caso Hibris, junto a unos carteles de “culpable” y “no culpable”, con los que juzgaremos a las acusadas tras su declaración.

La representación constó de dos partes bien diferenciadas: comienza con el juicio contra las cuatro acusadas del asesinato de Penteo Hibris: Ino Hibris y Autonoe Hibris (hermanas de Penteo), Ágave Hibris y Dena Sorní. Entran en escena el abogado de la defensa, Ego Dirae, el fiscal del distrito, Dionisos Zagreo, y el juez Basilio Patel interpretados en orden por Cristina Grau, Alba Navarro, Cecilia Salas, Laura Luna, Bruno Tortosa, Jordi López y Juan Balaguer.

Como ya hemos avanzado antes, la declaración de las acusadas se complementa con el veredicto del público, el cual no conocemos hasta el final de la obra porque el juicio se interrumpe, introduciendo la segunda parte en la que retrocedemos en el tiempo hasta el permiso de tres días que recibieron las acusadas para acudir al entierro de Penteo y que aprovecharon para preparar la defensa en el despacho de su abogado. Así, en esta segunda parte, asistimos a la preparación de la defensa y el descubrimiento de los actantes que conforman la trama del asesinato con su nuevo abogado, Ego, antiguo compañero de trabajo de Dena. Esta labor les es muy complicada debido a que las acusadas no recuerdan nada. Afirman que han sido drogadas y forzadas a olvidar tanto lo que pasó como el motivo por el que amanecieron con el cuerpo de Penteo entre sus manos. En esta parte de la composición, se combina la interpretación con coreografías (ideadas por Noelia Sánchez Gómez) de carácter descriptivo, sensitivo y onírico que evocan los recuerdos de esa noche. Se emplea la música para representar el caos y la inconexión con el pasado, como si el vino o las sustancias con las que las drogaron causaran esos recuerdos solo relatables a partir de la música. La música se presenta como expresión de lo inestable. Asimismo, el tipo de música por el que se opta en esta segunda parte también es significativo: un electro jazz alegre dispuesto con el objetivo de romper la tensión de la primera parte e introducir la estética noir del neón rojo y de abogado de los años 40 (a pesar de estar ambientado en la actualidad) que predomina en esa segunda parte.

No obstante, el tratamiento de la música en la primera parte de la obra es diferente. Se trata de una música más emotiva, más emocional, que acompaña al público en la interpretación de los hechos y del estado de ánimo de las acusadas. En otros momentos del juicio, los violines marcan la tensión con la que se pretende que el espectador preste especial atención a la palabra.

La elección de la escenografía no es casual, sino que permite representar tres espacios diferentes con los mismos elementos. El primer espacio es la sala del juzgado número 4 del tribunal de lo penal, donde tiene lugar la representación del juicio, cuyos elementos se adaptan a las necesidades escénicas del segundo espacio: el despacho del abogado Ego. Las transiciones entre ambos espacios las realizan los propios actores mientras bailan, lo que incluye en la experiencia del espectador el propio mecanismo teatral. Existe un tercer espacio, un espacio evocado, dibujado, que no se conforma con elementos físicos, sino que resulta de la unión del movimiento de los cuerpos de los personajes mientras bailan y de la luz roja que emana el cartel de neón colgado en la esquina superior izquierda en el que se lee “La Vid”. Este tercer espacio nos encamina hacia la relevancia de la simbología, extremadamente cuidada, del vino: tanto el color del vino como la luz roja se vinculan a la trama del asesinato mediante su asociación con la sangre, que nos remiten, de nuevo, a lo onírico. Esta simbología contrasta con el lenguaje formal y elevado del contexto judicial, con un vocabulario técnico y frío, que crea una disonancia ante el conflicto entre la ley y lo onírico.

La representación nos permite comentar ciertos aspectos transversales a la obra de gran importancia. En primer lugar, el cuestionamiento a la efectividad de la justicia explora las presiones y fisuras que provoca la mediación de la opinión pública en el juicio por jurado popular al que se enfrentan las acusadas, en el que se presuponen ciertos antecedentes mediáticos al día del juicio que el jurado ya conocía, pero que el espectador acaba de conocer (recordemos la dualidad jurado-público que subyace en toda la obra), provocando tensión entre la intención dramática del juicio y la realidad de la representación. Este cuestionamiento se entrelaza con lo político en la medida en que conocemos que el fiscal encargado del juicio está implicado en el asesinato de Penteo Hibris por sus propios intereses político-económicos que le plantean como un sospechoso más que no se ha tenido en cuenta hasta que una de las acusadas recuerda su rostro entre la neblina que rodea a la noche del asesinato y el abogado Ego comenta con las acusadas, durante esa analepsis de la segunda parte, que el fiscal tiene fama en el gremio de interferir en los casos para favorecer su postura y ganar reconocimiento. De esta forma, el deber judicial se pone en entredicho desde la perspectiva del público, pero no del juicio, debido a que, cuando se desvela esta información, el público ya las ha declarado “culpables” o “no culpables” aunque no se sepa el veredicto hasta el final de la obra.

En segundo lugar, no es casualidad que ese fiscal implicado en el asesinato y en la amnesia que padecen las acusadas se llame Dionisos. Remitiéndonos al mito de Las Bacantes de Eurípides, Dionisos es el dios de la pasión, lo indomable, lo irracional y, el aspecto más relevante para el comentario que nos compete, el éxtasis. Los bailes que realizan las acusadas están rodeados de esa simbología del éxtasis y la hipnosis que recuerdan al mito original: Penteo, el rey de Tebas que representa lo racional y el poder terrenal, decide acabar con los ritos dionisíacos, desencadenando el castigo de Dionisos (por haber cometido el pecado de hibris, de orgullo hacia los dioses), quién lo engaña para disfrazarlo de mujer y para que suba al monte Citerón, donde las Ménades, encabezadas por la madre de Penteo, Ágave, que está controlada por el dios, lo asesinan. De esta manera, se puede comprobar que los nombres de todos los personajes de la obra están inspirados en el mito o tienen relación con la mitología grecolatina.

Barrachina actualiza este mito mostrando cómo sería el juicio por el asesinato de Penteo si se realizara en el siglo XXI, atravesado por la opinión pública y con el cambio de valores y perspectiva de nuestra era. Además, responde a ese paralelismo el hecho de que el fiscal Dionisos tenga que ver con la amnesia que sufren las acusadas y que provocó la muerte de Penteo, contra quien tenía interés en que desapareciera. De esta forma, el fiscal Dionisos se transforma en la sumisión química (el vino y las drogas) y la manipulación mediática que, en el mito controla a la madre de Penteo para que lo mate, como se insinúa en la representación.

En tercer lugar, el hecho de que el público sea el que decida el futuro de las acusadas traslada la responsabilidad moral y social de juzgar al espectador, el cual debe preguntarse a sí mismo si su decisión está basada solo en las pruebas expuestas en el juicio o si está condicionada por la lástima o la empatía hacia las acusadas. La decisión obliga al espectador a adoptar una postura entre el poder racional que representa el juicio por el asesinato de Penteo Hibris y el carácter onírico e irracional vinculado a Dionisos y su influencia sobre las acusadas, que ahora podemos plantear como víctimas.

 

Hemos podido entrevistar a Tiago P. Barrachina, quién nos ha aportado su visión como dramaturgo y director respecto a cuestiones concretas que nos han llamado la atención.

En primer lugar, nos ha comentado que usar el código de lo jurídico en la representación es una elección basada en su intención de separar, visiblemente, el espacio público (el juicio de la primera parte) y el privado (la preparación del juicio con el abogado de la segunda parte). Esta decisión provoca, además, una tensión entre el espectador que consume un producto cultural y el espectador implicado, el que debe decidir sobre el futuro de las acusadas.

En segundo lugar, la introducción del personaje de Dena como amiga íntima de la familia que funciona como nexo entre las acusadas y Ego, su nuevo abogado, plantea una posibilidad de conflicto hacia las otras hermanas al ser Dena un elemento externo a la familia que agrava una situación que, por sí misma, ya es tensa. Durante el juicio de la primera parte, todos los personajes de las acusadas se plantean desde la unidad, como si fueran una única persona, y están siendo juzgadas a través de una mirada cohesionada, lo que contrasta con la presentación de estos mismos personajes en la segunda parte, donde asistimos a la expresión de sus intenciones y conflictos individuales. De esta forma, el hecho de que Dena no forme parte de la familia, individualiza su caracterización.

Tiago Barrachina, en tercer lugar, nos explica el por qué de explicitar en la segunda parte que Dionisos es el artífice del asesinato de Penteo y no plantear un final abierto. El considera que los finales abiertos en el teatro no funcionan como en las películas o las series debido a que estos se plantean desde la intención de realizar una segunda parte, lo que en el teatro es difícil de garantizar y escaso. No obstante, su intención no era mostrar a este personaje como un antagonista maniqueo explicitado desde el principio debido a la dificultad de mantener esa consideración durante toda la obra. Es por ello que dota a la danza de ese carácter culpabilizador, disminuyendo la carga significativa sobre este personaje.

La Rambleta, 26 y 27 de septiembre de 2025

Dramaturgia y dirección: Tiago P. Barrachina; Dirección física y coreográfica: Noelia Sánchez; Ayundatía de dirección: Ángel A. Vigara; Asesoría en criminología: Doris Leal Santana; Intérpretes: Bruno Tortosa, Cecilia Salas, Alba Navarro, Cristina Grau, Laura Luna, Juan Balaguer y Jordi López López; Diseño de luces: Rober Corella, Juan Balaguer, Tiago P. Barrachina; Iluminación: Nacho Cigalat; Sonido y videocreación: Ángel A. Vigara; Producción ejecutiva: Ángela Granell y Laura Luna; Diseño gráfico en cartel: Elena Mir Samper; Fotografía en cartel: María Bustos; Carpintería: José Luis P. Serrano; Colaboradores: Rambleta, Ayuntamiento de Macastre, IVC; Mediación: Yapadú Produccions

 

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